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NORMATIVA ACTUALIZADA COVID-19

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Normativas publicadas en el BOJA extraordinario de ayer y que han entrado en vigor a las 00:00 horas de hoy día 19 de marzo
OBJETO:

Se establecen las siguientes medidas:

-Limitación de entrada y salida en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados
-Limitación de la movilidad entre todas las provincias de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se restringe la entrada y salida de los municipios que superen los 500 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días, comprendidos en los ámbitos territoriales que se relacionan en el anexo del presente decreto y de aquellos municipios que superen los 1.000 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días.
-Se limita la circulación de las personas en horario nocturno en la Comunidad Autónoma de Andalucía en la franja horaria que transcurre desde las 23:00 horas hasta las 06:00 horas, salvo causas excepcionales.
-La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, queda condicionada a que no se supere el número máximo de seis personas, salvo determinadas excepciones.
-En los espacios cerrados de hostelería y restauración no se podrá superar el número máximo de cuatro personas.
Lo dispuesto en el Decreto surtirá efectos desde las 00:00 horas del 19 de marzo hasta las 00:00 horas del 9 de abril.
OBJETO:
-Modificación de la Orden de 29 de octubre de 2020, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COVID-19.
-Las referencias realizadas en la presente orden al límite horario de las 22:30 horas quedarán establecidas a la que resulte de reducir en 30 minutos la hora fijada por Decreto del Presidente de la Junta de Andalucía en virtud de la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno en la Comunidad Autónoma.
-En los municipios cuyos distritos sanitarios hayan sido declarados en nivel 2 o 3, éste sin grado de modulación conforme a la Orden de 8 de noviembre de 2020, los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 23:30 horas, estableciéndose como hora límite para realizar los pedidos las 22:30 horas
Esta orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
 
OBJETO:
 
Mantener el nivel de alerta sanitaria 2 en todos los municipios de la provincia excepto Paterna de la Rivera.

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Orden de 11 de marzo de 2021, por la que se actualiza el anexo del Decreto del Presidente 8/2021, de 4 de marzo, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, y se modifica parcialmente el mismo. 

OBJETO:

MUNICIPIOS QUE SUPERAN LOS 500 CASOS DE INCIDENCIA ACUMULADA POR CADA 100.000 HABITANTES

PROVINCIA DE CÁDIZ

Paterna de la Rivera

Resolución de 11 de marzo de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

Todos los municipios de la provincia, excepto Paterna de la Rivera.

Dicha normativa entrará en vigor mañana 12 de marzo, desde las 00:00 horas.

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Decreto del Presidente 8/2021, de 4 de marzo, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, y se modifica parcialmente el mismo.

OBJETO

MUNICIPIOS QUE SUPERAN LOS 500 CASOS DE INCIDENCIA ACUMULADA POR CADA 100.000 HABITANTES

PROVINCIA DE CÁDIZ

Alcalá del Valle

Resolución de 4 de marzo de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

OBJETO

MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 3 GRADO 1 

DISTRITO SANITARIO BAHÍA DE CÁDIZ-LA JANDA

Alcalá de los Gazules
Barbate
Benalup-Casas Viejas
Cádiz (capital)
Chiclana de la Frontera
Conil de la Frontera
Medina Sidonia
Paterna de Rivera
Puerto de Santa María (El)
Puerto Real
San Fernando
Vejer de la Frontera

DISTRITO SANITARIO CAMPO DE GIBRALTAR OESTE

Algeciras
Barrios (Los)
Tarifa

MUNICIPIOS QUE SE MANTIENEN EN EL NIVEL DE ALERTA 3 GRADO 1

DISTRITO SANITARIO JEREZ-COSTA NOROESTE

Chipiona
Jerez de la Frontera
Rota
San José del Valle
Sanlúcar de Barrameda
Trebujena

DISTRITO SANITARIO SIERRA DE CÁDIZ

Alcalá del Valle
Algar
Algodonales
Arcos de la Frontera
Benaocaz
Bornos
Bosque (El)
Espera
Gastor (El)
Grazalema
Olvera
Prado del Rey
Puerto Serrano
Setenil de las Bodegas
Torre Alháquime
Ubrique
Villaluenga del Rosario
Villamartín
Zahara

MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 2 

DISTRITO SANITARIO CAMPO DE GIBRALTAR ESTE

Castellar de la Frontera
Jimena de la Frontera
San Martín del Tesorillo
Línea de la Concepción (La)
San Roque

Las medidas entran en vigor desde las 00:00 horas del día 5 de marzo de 2021 hasta las 00:00 horas del día 19 de marzo de 2021.

En el caso de las agrupaciones en que se incluyan tanto personas convivientes como personas no convivientes, el número máximo será de seis personas, a excepción de los espacios cerrados de hostelería y restauración en los que no se podrá superar el número máximo de cuatro personas.

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Decreto del Presidente 7/2021, de 25 de febrero, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

 OBJETO:

MUNICIPIOS QUE SUPERAN LOS 500 CASOS DE INCIDENCIA ACUMULADA POR CADA 100.000 HABITANTES

PROVINCIA DE CÁDIZ

  • Alcalá del Valle
  • Barbate
  • Grazalema
  • Olvera
  • Puerto Serrano

Resolución de 25 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta  sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública, para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan

OBJETO:

MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 4 GRADO 1

DISTRITO SANITARIO BAHÍA DE CÁDIZ-LA JANDA

  • Alcalá de los Gazules
  • Barbate
  • Benalup-Casas Viejas
  • Cádiz (capital)
  • Chiclana de la Frontera
  • Conil de la Frontera
  • Medina Sidonia
  • Paterna de Rivera
  • Puerto de Santa María (El)
  • Puerto Real
  • San Fernando
  • Vejer de la Frontera

DISTRITO SANITARIO CAMPO DE GIBRALTAR OESTE

  • Algeciras
  • Barrios (Los)
  • Tarifa
  • Captura


OBJETO:

Municipios que superan los 500 casos de incidencia acumulada por  cada 100.000 habitantes.

PROVINCIA DE CÁDIZ

Alcalá del Valle
Algeciras
Barbate
Benalup-Casas Viejas
Benaocaz
Bornos
Cádiz
Castellar de la Frontera
Chiclana de la Frontera
Conil de la Frontera
El Gastor
Grazalema
Medina Sidonia
Olvera
Puerto Serrano
Rota
San Fernando
Vejer de la Frontera

 

Resolución de 18 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud  y familiar en Cádiz, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

OBJETO:

 

MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 4 GRADO 2

Grazalema
Olvera
Puerto Serrano

Nota de Prensa Comunicación Junta de Andalucía enviada el 18 de febrero de 2021

Las nuevas medidas entrarán en vigor a las 00.00 horas del viernes 19 de febrero de 2021, después de su publicación en el BOJA.

Captura2


Resolución de 8 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se adoptan y modulan los niveles y grados de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

OBJETO:

MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 4 GRADO 2

DISTRITO BAHÍA DE CÁDIZ-LA JANDA

Vejer de la Frontera

Chiclana de la Frontera

DISTRITO SIERRA DE CÁDIZ

Algar

Puerto Serrano

Setenil de las Bodegas

MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 4 GRADO 1

DISTRITO JEREZ COSTA NOROESTE

Chipiona

Jerez de la Frontera

Rota

DISTRITO SIERRA DE CÁDIZ

Arcos de la Frontera

Prado del Rey

Villamartín

Orden de 9 de febrero de 2021, por la que se actualiza el anexo del Decreto del Presidente 4/2021, de 30 de enero, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el  Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, incluyendo los municipios que superan los 500 casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días.  

 OBJETO

MUNICIPIOS QUE SE MANTIENEN CERRADOS PERIMETRALMENTE POR SUPERAR LOS 500 CASOS DE INCIDENCIA ACUMULADA POR CADA 100.000 HABITANTES EN 14 DÍAS

PROVINCIA DE CÁDIZ

Alcalá de los Gazules

Medina Sidonia

Benaocaz

Bornos

Grazalema

Algar

Captura1

Se remite Orden de 5 de febrero de 2021, por la que se actualiza el Anexo del Decreto del Presidente 4/2021, de 30 de enero, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, incluyendo los municipios que superan los 500 casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días.

 OBJETO

 PROVINCIA DE CÁDIZ

Zahara

 Se remite Resolución de 4 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se adoptan y modulan los niveles y grados de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

 OBJETO

 MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 4 GRADO 2

 DISTRITO BAHÍA DE CÁDIZ-LA JANDA

 Puerto Real

 DISTRITO CAMPO DE GIBRALTAR OESTE

 Algeciras

Los Barrios

Captura

Resolución de 1 de febrero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Cádiz, por la que se adoptan y modulan los niveles y grados de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan. 

OBJETO:

MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 4 GRADO 2 

DISTRITO BAHÍA DE CÁDIZ – LA JANDA

Alcalá de los Gazules
Medina Sidonia

DISTRITO JEREZ COSTA NOROESTE

Sanlúcar de Barrameda

DISTRITO SIERRA DE CÁDIZ

Espera
El Gastor
Grazalema
Olvera
Torre Alhaquime

MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 4 GRADO 1

DISTRITO CAMPO DE GIBRALTAR OESTE

Los Barrios

Orden de 1 de febrero de 2021, por la que se actualiza el anexo del Decreto del Presidente 4/2021, de 30 de enero, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, incluyendo los municipios que superan los 500 casos de incidencia acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días. 

OBJETO

PROVINCIA DE CÁDIZ

Barbate Puerto de Santa María (El)
Puerto Serrano

BOJA28ENE2021

Resolución de 28/01/2021 y Orden del 28/01/2021 por las que se adoptan y modulan los niveles y grados de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden.

Resolución de 28 de enero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias de Cádiz, por la que se adoptan y modulan los niveles y grados de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los municipios que se detallan.

MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 4 GRADO 2

 DISTRITO BAHÍA DE CÁDIZ-LA JANDA

  • Conil de la Frontera
  • San Fernando
  • Benalup-Casas Viejas

 DISTRITO SIERRA DE CÁDIZ

  • Benaocaz

 APERTURA DE SECTORES ECONÓMICOS:

  • Se suspende la apertura al público de todos los establecimientos comerciales minoristas con las siguientes excepciones: Establecimientos comerciales de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, centros, servicios y establecimientos sanitarios, servicios sociales y sociosanitarios, parafarmacia, centros o clínicas veterinarias, mercados de abastos, productos higiénicos, servicios profesionales y financieros, seguros, prensa, librería y papelería, floristería, plantas y semillería, combustible, talleres mecánicos, servicios de reparación y material de construcción, ferreterías, electrodomésticos, estaciones de inspección técnica de vehículos, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales, servicios de entrega a domicilio, tintorerías, lavanderías, peluquerías, así como estas mismas actividades de mercado desarrolladas en la vía pública al aire libre o de venta no sedentaria, comúnmente llamados mercadillos y el alquiler de vehículos.
  • Se suspende la apertura al público de las grandes superficies minoristas colectivas, salvo los establecimientos comerciales excepcionados en el apartado anterior que se encuentren ubicados en las mismas, para los que se deberá habilitar accesos directos.

PROVINCIA DE CÁDIZ

  •  Alcalá del Valle
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Orden del 19/01/2021, y Resolucion de 18/01/2021,  sobre la información perimetral de la provincia así como el cambio en la localidad de Los Barrios que pasa a nivel 4 grado 2.

Orden de 19 de enero de 2021, por la que se actualiza el anexo del Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2, incluyendo los municipios que superan los 500 casos de Incidencia Acumulada por cada 100.000 habitantes en 14 días.

QUEDAN RESTRINGIDAS LAS ENTRADAS Y LAS SALIDAS EN LOS SIGUIENTES MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE CÁDIZ

  •  Tarifa
  •  Cádiz
  •  Puerto Real
  •  Vejer de la Frontera
  •  Chipiona
  •  Rota
  •  Algodonales
  •  Arcos de la Frontera
  •  Gastor (El)
  •  Olvera
  •  Prado del Rey
  •  Setenil de las Bodegas

Resolución de 18 de enero de 2021, de la Delegación Territorial de Salud y Familias en Granada, por la que se adoptan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden, por razón de salud pública, para la contención de la COVID-19 en los municipios que se detallan.

A N E X O

 MUNICIPIOS QUE SE DECLARAN EN EL NIVEL DE ALERTA 4 GRADO 2

 DISTRITO CAMPO DE GIBRALTAR OESTE

  •  Los Barrios

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Nuevas medidas anunciadas por el presidente de la Junta de Andalucía.

1. Se mantiene el cierre perimetral de Andalucía. Sólo se puede entrar o salir con causa justificada.
2. Cierre de hostelería y comercio a las 18 horas.
3. Reuniones de 4 personas, incluidas mesas en bares y restaurantes.
4. Cierre perimetral de las ocho provincias.
5. Cierre perimetral de los 219 municipios con tasa de contagio superior a 500 por 100.000 habitantes
6. Cierre hostelería y comercio no esencial en los 91 municipios (de esos 219) con tasa de contagio superior a 1.000 por 100.000 habitantes. Si el Gobierno de España lo autoriza, confinamiento domiciliario en esos 91 municipios.
7. Toque de queda se mantiene de 22 a 6 horas. Si el Gobierno de España lo autoriza, será de 20 a 6 horas.Recogida de pedidos en hostelería hasta las 21.30; encargos por teléfono hasta 22.30 y entrega a domicilio hasta 23.30 horas. Si el Gobierno autoriza adelantar el toque de queda, se adaptarán esos horarios.
Movilidad autorizada para deportistas federados, jueces y árbitros, para competiciones y entrenamientos. Sin acompañantes.16-ENERO-2021.-CUADRO-DE-RESTRICCIONES-DE-LOS-GRADOS-1-Y-21

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10 medidas contra el coronavirus en Andalucía: ampliación del toque de queda, limitaciones de horarios y confinamientos puntuales

Andalucía ha adoptado las siguientes medidas frente al coronavirus desde las 0 horas del domingo 10 de enero a las 0 horas del domingo 25 de enero:

  1. Cierre perimetral de la comunidad. Se vuelve a la situación previa a la excepción de Navidad y sólo se puede entrar o salir de Andalucía en las excepciones previstas.
  2. Se permite la movilidad provincial, si bien este parámetro estará en permanente revisión.
  3. El toque de queda en Andalucía se establece entre las 22 y las 6 horas, el máximo permitido por el estado de alarma.
  4. Las reuniones serán como máximo de seis personas.
  5. El comercio podrá permanecer abierto hasta las 20 horas.
  6. Los bares y restaurantes estarán abiertos hasta las 18 horas, mientras que las cafeterías podrán seguir abiertas hasta las 20:00 siempre sin vender alcohol.
  7. El curso escolar en su etapa obligatoria seguirá siendo presencial.
  8. Las clases en la universidad serán online en aquellas localidades que estén en Nivel 4 (Granada, Jaén, Almería y Jerez en estos momentos)
  9. Para los municipios de La Línea de la Concepción (Cádiz) y Añora (Córdoba) se establece el cierre total del comercio y la hostelería.
  10. Se decreta para los ocho municipios del Campo de Gibraltar y Añora en Córdoba que permanezcan confinados perimetralmente.

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La Junta de Andalucía ha decretado el cierre perimetral de los ocho municipios del Campo de Gibraltar tras la propuesta del Consejo de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, reunido este sábado. Este cierre afecta a los ocho municipios incluidos en las áreas sanitarias Campo de Gibraltar Este y Oeste, recientemente desagregadas, y que son: La Línea de la Concepción, Algeciras, Los Barrios, Castellar de la Frontera, Jimena de la Frontera, San Martín del Tesorillo, San Roque y Tarifa.

Esta decisión se ha tomado tras la reunión del comité de expertos, convocados para analizar la situación en el Campo de Gibraltar, y tendrá vigencia hasta las 0:00 horas del 10 de enero.

Así se recoge en el BOJA extraordinario publicado este sábado.

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Últimas publicaciones referentes a la Normativa por alerta sanitaria debido al COVID-19:
OBJETO:
Podrán permanecer abiertos de 18,00 a 20,00 horas y hasta media hora antes de la limitación horario los establecimientos con los epígrafes 672, 674.6 y 676.
- Queda terminantemente prohibido el consumo y expedición de cualquier tipo de bebida alcohólica o espirituosa durante la franja horaria de 18,00 a 20,00 horas.
OBJETO:
- Todos los municipios de la provincia de Cádiz, pasan a Nivel de Alerta 3.

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Última actualización de la Junta de Andalucía en materia de medidas ante el COVID-19, publicadas en el día de hoy:

Decreto del Presidente 12/2020, de 11 de diciembre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación  de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

Orden de 11 de diciembre de 2020, por la que se establecen medidas temporales y excepcionales por razón de salud pública en Andalucía, para la contención de la COV-19, durante el periodo prenavideño y navideño.

OBJETO:

1ª Fase (12 de diciembre al 17 de diciembre)
·         Se permite movilidad entre municipios de la misma provincia
·         El comercio puede abrir hasta las 21,00 horas
·         Toque de queda a las 22,00 horas
·         La hostelería cerrará a las 18,00 horas
2ª Fase (18 de diciembre al 10 de enero)
·         Se permite movilidad entre provincias
·         Se fija dos tramos de apertura para la hostelería:
abriendo por la mañana hasta las 18,00 horas y desde las 20,00 a las 22,30 horas – cierre desde las 18,00 a 20,00 horas)
·         Toque de queda desde las 23,00 horas hasta las 06,00 horas.
·         El comercio retomará su horario habitual
Del 23 de diciembre al 6 de enero
Entrada y salida de Andalucía para “reagrupación familiar” no se acepta el concepto de “allegado”
Máximo 10 personas por domicilio familiar los 24,25 y 31 de diciembre y 1 de enero
 Se aconseja no superar los 2 grupos de convivencia

 

Igualmente se adjunta:

 Resolución de 11 de diciembre de 2020, de la Delegación Territorial de Salud y Familias de Cádiz, por la que se adoptan y modulan los niveles de alerta sanitaria y la aplicación de las medidas que corresponden por razón de salud pública para la contención de la COVID-19, en los territorios que se detallan. 

OBJETO:
Se mantiene a toda la provincia de Cádiz en Nivel 4 grado 1, excepto Bahía de Cádiz – La Janda, que se declara en Nivel 3.

 

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Resumen de la normativa publicada en el Boletín Extraordinario de la Junta de Andalucía de ayer 23 de noviembre de 2020.

Decreto del Presidente 10/2020, de 23 de noviembre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2

- Artículo 2. Limitación de entrada y salida en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados.

Añade como nuevos motivos: 
J) Desplazamiento para la realización de actos de recolección en huertos por sus propietarios o arrendatarios, así como la atención y alimentación de animales.

k) Desplazamiento para la adquisición de productos de alimentación por quienes tengan su residencia habitual en localidades que, siendo de otro término municipal, carezcan de establecimientos que permitan la adquisición de tales productos y sean localidades limítrofes con los municipios con limitación de movilidad.

l) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.

- Artículo 3. Limitación de la entrada y salida de personas en ámbitos territoriales de carácter geográficamente inferior a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Artículo 5. Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno. Se limita la circulación de las personas en horario nocturno en la Comunidad Autónoma de Andalucía en la franja horaria que transcurre desde las 22:00 horas hasta las 07:00 horas, excepto por determinadas causas especificadas en el Decreto.

Añade como nuevas causas:
g) Los partidos de competiciones deportivas de carácter profesional y ámbito estatal oficialmente reconocidas, y los partidos de carácter internacional organizados por FIFA, UEFA, FIBA y Euroliga de baloncesto.

h) Actividades de lonjas pesqueras, centros de expedición de primeras ventas, mercados centrales y lonjas de abastecimiento de productos agroalimentarios.

- Articulo 6. Limitación de la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados.

- Artículo 7. Limitación a la permanencia de personas en lugares de culto.

- Disposición final primera. Que establece que lo dispuesto en el presente decreto surtirá efectos desde las 00:00 horas del día 24 de noviembre de 2020 hasta las 00:00 horas del día 10 de diciembre de 2020.

Corrección de errores del Decreto-ley 29/2020, de 17 de noviembre, por el que se establecen medidas urgentes para el mantenimiento de la actividad de determinados sectores económicos y de apoyo tributario al sector del juego como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (COVID-19), y se implanta la Plataforma de Gestión de Datos de Centros de Servicios Sociales (BOJA extraordinario núm. 79, de 17.11.2020).

El motivo de la corrección es la incorporación de algunas actividades económicas a las ya previstas en el Decreto-ley. La relación final de las actividades económicas subvencionables queda como se especifica en el documento anexo.

Se recuerda que el plazo de presentación de solicitud de la subvención finaliza el 29 DE NOVIEMBRE DE 2020.

Orden de 23 de noviembre de 2020, por la que modifica la Orden de 8 de noviembre de 2020, por la que se modulan los niveles de alerta 3 y 4 como consecuencia de la situación crítica epidemiológica derivada del COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Entre otras modificaciones se establecen las siguientes: 
- Los servicios de restauración podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 23:30 horas, estableciéndose como hora límite para realizar pedidos las 22:30 horas; igualmente podrán suministrar servicio de recogida de comida para llevar hasta las 21:30 horas.

- Los establecimientos comerciales minoristas podrán realizar su actividad de venta de juguetes hasta las 20:00 horas siempre y cuando dichos productos se vendieran en estos establecimientos antes de la entrada en vigor de la presente orden

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GUÍA INFORMATIVA DEL PLAN DE APOYO A PYMES Y AUTÓNOMOS DE LOS SECTORES DE HOSTELERÍA, PEQUEÑO COMERCIO, PELUQUERÍAS, TAXI Y SECTOR DE FERIANTES

Adjuntamos guía-resumen de estas ayudas, así como del procedimiento de solicitud, elaborado en el marco del DE PROYECTO CEA+AUTONOM@S.

Guía-DL-29-20_ayudas-autonomos

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Decreto-ley 29/2020, de 17 de noviembre, por el que se establecen medidas urgentes para el mantenimiento de la actividad de determinados sectores económicos y de apoyo tributario al sector del juego como consecuencia de la situación ocasionada por el coronavirus (Covid-19), y se implanta la plataforma de gestión de datos de Centros de Servicios Sociales.

Descargar aquí: BOJA20-579-00028-14251-01_00181516

OBJETO:
- Se regulan las ayudas para el mantenimiento del trabajo e las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos de los sectores de hostelería, comercio, transporte del taxi y servicios de peluquería, siempre que la actividad concreta se recoja en el anexo. La subvención tendrá una cuantía de 1000€, debiendo permanecer en alta en la seguridad social al menos 3 meses. Estarán excluidos los que se hayan beneficiado de la prestación por cese de actividad.
- El plazo será de 10 días naturales desde el siguiente a la publicación en BOJA del extracto de la convocatoria (se espera que sea mañana, (jueves día 19 o vienes, 20). La presentación será telemática y se resolverá por orden de entrada en un plazo máximo de 2 meses.
- Además, se bonifica la tasa fiscal sobre los juegos de azar un 50% sobre la tasa trimestral devengada entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre.

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BOJA extraordinario que recoge las medidas para frenar los contagios y número de hospitalizaciones por Covid-19.

Las restricciones entrarán en vigor en toda Andalucía desde el  lunes 9 de noviembre de 2020.

Acceso al BOJA.

Decreto del Presidente 9/2020, de 8 de noviembre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2

    BOJA20-578-00005-13678-01_00180948

⇒   BOJA20-578-00004-13689-01_00180955

Captura

Documento explicativo y de excepciones:

⇒ ⇒⇒⇒EXCEPCIONES AL CIERRE ADELANTADO A LAS 18H